sábado, 14 de julio de 2007

Sequía ...

Como consecuencia de la sequía que asolaba el departamento mexicano de Las Castañas, en1833, el alcalde mayor del pueblo decretó:
Art. 1. Si en ocho días desde la fecha no llueve abundantemente, nadie irá a misa ni rezará.
Art. 2. Si la sequía dura ocho días más, serán quemadas las iglesias, conventos, capillas...
Art. 3. Si tampoco llueve en otros ocho días, serán degollados los clérigos, frailes, monjas,beatos y santurrones.
Además añadía: “Y por el presente se conceden facultades para cometer toda clase depecados, para que el Supremo Hacedor entienda con quién tiene que vérselas”.
La noticia fue publicado en el diario La Libertad.
Afortunadamente, llovió.

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